Canal de denuncias
INTRODUCCIÓN
QUIEN PUEDE INFORMAR/DENUNCIAR A TRAVÉS DEL CANAL DE DENUNCIAS
QUE SE PUEDE DENUNCIAR
- Acciones u omisiones que puedan constituir Infracciones del Derecho de la Unión Europea.
- Acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave
- Infracciones del Derecho laboral en materia de seguridad y salud en el trabajo.
Este canal no es un instrumento de comunicación de quejas laborales o mercantiles Inter partes.
El canal debe utilizarse de buena fe. Si la persona denunciante actúa con consciencia de la falta de veracidad de los datos aportados, o con la única finalidad de denigrar a la persona o a la institución denunciadas, se le podrán exigir las responsabilidades que correspondan.
CONFIDENCIALIDAD Y NO REPRESALIA
Este sistema garantiza la confidencialidad de la persona denunciante y de cualquier tercero que aparezca en la comunicación tanto legal como técnicamente y permite el anonimato. Asimismo, el sistema se somete al principio de no represalia para cualquiera de las personas denunciantes o terceros. Cuando la organización tenga conocimiento de que la persona denunciante o informante ha sido objeto de actos de intimidación o de represalias, promoverá o ejercerá las acciones correctoras o restitutorias que sean oportunas.